Regula la destinación del 10 por ciento de la renta que produce el impuesto general a las ventas y el impuesto selectivo al consumo sobre la producción y comercialización de cigarrillos y tabaco en general, para el desarrollo, la restauración, protección y conservación del patrimonio cultural y monumental de la Ciudad del Cusco

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Ley nº. 24331, de 8 de noviembre de 1985, sobre la destinación del 2% de la renta que produce el impuesto general a las ventas de los cigarrillos y tabacos en general y el 2% del impuesto selectivo al consumo sobre la producción y comercialización de los mismos, para el desarrollo, la restauración protección y conservación del patrimonio cultural y monumental del Cusco

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